DFP_
Ubicación:Murcia - Murcia
Tipo:Doctorados
Modalidad:Presencial
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Objetivos
El Programa de Doctorado en Bellas Artes pone al servicio de los estudiantes la experiencia docente e investigadora del profesorado doctor adscrito al Centro y al Departamento de Bellas Artes de la Facultad de Bellas Artes, con el objetivo general de fomentar la formación investigadora avanzada, generando un espacio de excelencia académica, en docencia e investigación artística. Como etapa final de una formación avanzada, este Programa de Doctorado pretende combinar la consolidación de conocimientos dentro de las Bellas Artes, con el desarrollo de aquellas competencias y habilidades necesarias para incorporarse en el mundo docente y/o profesional. De este modo, como objetivos específicos del Programa se encuentran:
La formación de doctores capaces de utilizar de manera creativa los instrumentos teóricos y metodológicos necesarios para avanzar en el ámbito de las Bellas Artes.
Construir un espacio donde los estudiantes puedan obtener el máximo título que los habilita para ejercer la docencia, que garantice estándares elevados de calidad docente e investigadora mediante la preparación para la transmisión de los conocimientos adquiridos a alumnos de grado y máster.
Consolidar profesionales con capacidad de desarrollo de habilidades investigadoras, que les permitan aplicar sus conocimientos y su mejor inserción posible en el mundo profesional en los puestos intelectualmente exigentes en el ámbito de las Bellas Artes.
Promover el aprendizaje de la transferencia de conocimientos en la investigación, favoreciendo la aplicación de dichos resultados a la práctica profesional, conforme a los principios éticos de la investigación.
Consolidar un escenario de construcción de pensamiento crítico así como de discusión de los problemas claves de las Bellas Artes, de formulación de cuestiones, de investigación e identificación de los vacíos de conocimiento.
Ofrecer las herramientas y conocimiento específico del contexto artístico profesional, que los prepare para su inserción en el mismo como Doctores.
El Programa de Doctorado en Bellas Artes pone al servicio de los estudiantes la experiencia docente e investigadora del profesorado doctor adscrito al Centro y al Departamento de Bellas Artes de la Facultad de Bellas Artes, con el objetivo general de fomentar la formación investigadora avanzada, generando un espacio de excelencia académica, en docencia e investigación artística. Como etapa final de una formación avanzada, este Programa de Doctorado pretende combinar la consolidación de conocimientos dentro de las Bellas Artes, con el desarrollo de aquellas competencias y habilidades necesarias para incorporarse en el mundo docente y/o profesional. De este modo, como objetivos específicos del Programa se encuentran:
La formación de doctores capaces de utilizar de manera creativa los instrumentos teóricos y metodológicos necesarios para avanzar en el ámbito de las Bellas Artes.
Construir un espacio donde los estudiantes puedan obtener el máximo título que los habilita para ejercer la docencia, que garantice estándares elevados de calidad docente e investigadora mediante la preparación para la transmisión de los conocimientos adquiridos a alumnos de grado y máster.
Consolidar profesionales con capacidad de desarrollo de habilidades investigadoras, que les permitan aplicar sus conocimientos y su mejor inserción posible en el mundo profesional en los puestos intelectualmente exigentes en el ámbito de las Bellas Artes.
Promover el aprendizaje de la transferencia de conocimientos en la investigación, favoreciendo la aplicación de dichos resultados a la práctica profesional, conforme a los principios éticos de la investigación.
Consolidar un escenario de construcción de pensamiento crítico así como de discusión de los problemas claves de las Bellas Artes, de formulación de cuestiones, de investigación e identificación de los vacíos de conocimiento.
Ofrecer las herramientas y conocimiento específico del contexto artístico profesional, que los prepare para su inserción en el mismo como Doctores.
arte, espacio público y paisaje
programas y proyectos de escultura pública
líneas interdisciplinarias de proyectos entre arte, arquitectura y diseño
relaciones interdisciplinarias de la escultura
nuevos soportes, materiales y técnicas artísticas
teoría, análisis y crítica de las bellas artes
critica de textos
Requisitos de admisión
Las vías de acceso y admisión al Programa de Doctorado en Bellas Artes son las que se indican en el art. 19 y 20 del RD 1393/2007 y art. 20 y 21 del Reglamento UMU.
El período formativo del Programa de Doctorado en Bellas Artes coincide con el Plan de Estudios conducente al título de Máster Universitario en Producción y Gestión Artística. En consecuencia, las vías de acceso y admisión establecidas para el período de formación del Programa de Doctorado en Bellas Artes son las mismas que las descritas para el Máster señalado.
En el supuesto de existir mayor número de solicitudes que de plazas ofertadas, la selección de los admitidos se producirá en función de su expediente académico (30%), su Currículum Vitae ajustado al perfil de ingreso propio (50%) y el resultado de una entrevista previa con, al menos, tres de los miembros de la Comisión Académica de Máster y Programa de Doctorado (20%).
El órgano encargado de la admisión al Máster en Producción y Gestión Artística es la Comisión Académica del mismo, constituida de acuerdo con lo previsto en el art. 17 del Reglamento UMU.
Para acceder al Programa de Doctorado en Bellas Artes en su período de investigación será necesario cumplir lo establecido en los arts. 19.2 del RD 1393/2007, y 20.2 del Reglamento UMU:
Estar en posesión de un título oficial de Máster Universitario, u otro del mismo nivel expedido por una institución de educación superior del EEES o, en su caso, que ha sido comprobada la formación equivalente, mediante acuerdo del órgano competente en la Universidad de Murcia y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de Doctorado. Esta admisión no implica en ningún caso la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar enseñanzas de Doctorado. La solicitud de comprobación de nivel de formación equivalente se elevará a la Comisión de Ramas correspondiente, que hará el informe técnico. La resolución corresponderá a la Comisión General de Doctorado. La solicitud se tramitará en la forma que se establezca en las normas e instrucciones de admisión y matrícula.
Asimismo, podrán acceder al período de investigación quienes cumplan alguna de las siguientes condiciones:
Haber superado 60 créditos incluidos en uno o varios Másteres Oficiales universitarios, de acuerdo con la oferta de la Universidad. De manera excepcional podrán acceder al periodo de investigación aquellos estudiantes que acrediten 60 créditos por actividades formativas de posgrado no incluidas en Másteres Universitarios, siempre que hayan sido configurados de acuerdo con lo establecido en el artículo 22. 2 del Reglamento de la Universidad de Murcia. Este supuesto podrá darse por criterios de interés estratégico para la Universidad o por motivos científicos que aconsejen la formación de doctores en un ámbito determinado. En todo caso, para la aprobación de este tipo de periodo de formación será necesario contar con un informe favorable de la agencia evaluadora de acuerdo con lo establecido en los arts. 19 y art. 24 del RD 1393/2007. Será competencia de la Comisión General de Doctorado aprobar estas actividades formativas.
Estar en posesión de un título de Grado cuya duración, conforme a normativa de, al menos, 300 créditos ECTS.
Los estudiantes admitidos al período de investigación, deberán formalizar su matrícula en la universidad cada curso académico, que le otorgará el derecho a la tutela académica, a la utilización de los recursos necesarios para el desarrollo de su trabajo y a la plenitud de derechos de participación correspondientes a los estudiantes de doctorado. En lo que respecta a la admisión del Programa de Doctorado en Bellas artes en su período investigador, la decide, de acuerdo con lo previsto en el art. 21 del Reglamento UMU, la Facultad de Bellas Artes a propuesta de la Comisión Académica de Máster y Programa de Doctorado en Bellas Artes. A estos efectos, la Comisión utilizará los criterios que a continuación se señalan:
Los estudiantes que estuvieran en posesión del título de Máster Universitario en Producción y Gestión Artística, podrán acceder directamente al período de investigación, previa admisión por la Comisión Académica de Posgrado del Programa de Doctorado en Bellas Artes, del tema y Director de Tesis propuesto.
Los estudiantes que estuvieran en posesión del título de otro Máster Oficial cursado en la Universidad de Murcia o en otra Universidad, así como los que tuvieran el Certificado de Suficiencia Investigadora regulada en el RD 185/1985, de 23 de enero, o estuvieran en posesión del Diploma de Estudios Avanzados, obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el RD 778/1998, de 30 de abril podrán ser admitidos en el período de investigación del Programa de Doctorado en Bellas Artes previo cumplimiento de los siguientes requisitos:
Cumplieran el criterio específico de acceso del período de formación del Programa de Doctorado en Bellas Artes, que coincide con el establecido en el Máster en Producción y Gestión Artística, esto es, que tenga una formación previa suficiente como Licenciado en Bellas Artes, Grado en Bellas Artes, o licenciatura (o grado) en el campo de las Humanidades de nivel equivalente, siempre que incluyan, al menos, un 50% de créditos en materias de Arte y sean adecuados para cursar las asignaturas de formación especializada del Plan de Estudios del Máster, por las que optara el estudiante. En todo caso, la Comisión de Máster y Doctorado del centro, podrá establecer un recorrido formativo complementario, dentro del plan de estudios del Máster en Producción y Gestión Artística, para aquellos candidatos que no cumplan con la formación artística requerida.
Tuviera formación especializada adquirida con posterioridad a la obtención del título de grado (o licenciatura), en el área de Bellas Artes relacionada con el tema y línea de investigación propuesta para su trabajo de Tesis doctoral
Que sea admitido por parte de la Comisión Académica de Máster y Programa de Doctorado en Bellas Artes el Proyecto y Director de Tesis propuesto.
Cumplidas tales condiciones, la Comisión Académica de Máster y Programa de Doctorado en Bellas Artes se ocupará de realizar la selección y admisión de los alumnos, de acuerdo con los siguientes criterios:
Expediente académico (50%)
Currículum Vitae ajustado al perfil de ingreso propio (40%)
Entrevista que los candidatos, al menos, por parte de tres miembros de la Comisión Académica de Máster y Programa de Doctorado (10%).
Las vías de acceso y admisión al Programa de Doctorado en Bellas Artes son las que se indican en el art. 19 y 20 del RD 1393/2007 y art. 20 y 21 del Reglamento UMU.
El período formativo del Programa de Doctorado en Bellas Artes coincide con el Plan de Estudios conducente al título de Máster Universitario en Producción y Gestión Artística. En consecuencia, las vías de acceso y admisión establecidas para el período de formación del Programa de Doctorado en Bellas Artes son las mismas que las descritas para el Máster señalado.
En el supuesto de existir mayor número de solicitudes que de plazas ofertadas, la selección de los admitidos se producirá en función de su expediente académico (30%), su Currículum Vitae ajustado al perfil de ingreso propio (50%) y el resultado de una entrevista previa con, al menos, tres de los miembros de la Comisión Académica de Máster y Programa de Doctorado (20%).
El órgano encargado de la admisión al Máster en Producción y Gestión Artística es la Comisión Académica del mismo, constituida de acuerdo con lo previsto en el art. 17 del Reglamento UMU.
Para acceder al Programa de Doctorado en Bellas Artes en su período de investigación será necesario cumplir lo establecido en los arts. 19.2 del RD 1393/2007, y 20.2 del Reglamento UMU:
Estar en posesión de un título oficial de Máster Universitario, u otro del mismo nivel expedido por una institución de educación superior del EEES o, en su caso, que ha sido comprobada la formación equivalente, mediante acuerdo del órgano competente en la Universidad de Murcia y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de Doctorado. Esta admisión no implica en ningún caso la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar enseñanzas de Doctorado. La solicitud de comprobación de nivel de formación equivalente se elevará a la Comisión de Ramas correspondiente, que hará el informe técnico. La resolución corresponderá a la Comisión General de Doctorado. La solicitud se tramitará en la forma que se establezca en las normas e instrucciones de admisión y matrícula.
Asimismo, podrán acceder al período de investigación quienes cumplan alguna de las siguientes condiciones:
Haber superado 60 créditos incluidos en uno o varios Másteres Oficiales universitarios, de acuerdo con la oferta de la Universidad. De manera excepcional podrán acceder al periodo de investigación aquellos estudiantes que acrediten 60 créditos por actividades formativas de posgrado no incluidas en Másteres Universitarios, siempre que hayan sido configurados de acuerdo con lo establecido en el artículo 22. 2 del Reglamento de la Universidad de Murcia. Este supuesto podrá darse por criterios de interés estratégico para la Universidad o por motivos científicos que aconsejen la formación de doctores en un ámbito determinado. En todo caso, para la aprobación de este tipo de periodo de formación será necesario contar con un informe favorable de la agencia evaluadora de acuerdo con lo establecido en los arts. 19 y art. 24 del RD 1393/2007. Será competencia de la Comisión General de Doctorado aprobar estas actividades formativas.
Estar en posesión de un título de Grado cuya duración, conforme a normativa de, al menos, 300 créditos ECTS.
Los estudiantes admitidos al período de investigación, deberán formalizar su matrícula en la universidad cada curso académico, que le otorgará el derecho a la tutela académica, a la utilización de los recursos necesarios para el desarrollo de su trabajo y a la plenitud de derechos de participación correspondientes a los estudiantes de doctorado. En lo que respecta a la admisión del Programa de Doctorado en Bellas artes en su período investigador, la decide, de acuerdo con lo previsto en el art. 21 del Reglamento UMU, la Facultad de Bellas Artes a propuesta de la Comisión Académica de Máster y Programa de Doctorado en Bellas Artes. A estos efectos, la Comisión utilizará los criterios que a continuación se señalan:
Los estudiantes que estuvieran en posesión del título de Máster Universitario en Producción y Gestión Artística, podrán acceder directamente al período de investigación, previa admisión por la Comisión Académica de Posgrado del Programa de Doctorado en Bellas Artes, del tema y Director de Tesis propuesto.
Los estudiantes que estuvieran en posesión del título de otro Máster Oficial cursado en la Universidad de Murcia o en otra Universidad, así como los que tuvieran el Certificado de Suficiencia Investigadora regulada en el RD 185/1985, de 23 de enero, o estuvieran en posesión del Diploma de Estudios Avanzados, obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el RD 778/1998, de 30 de abril podrán ser admitidos en el período de investigación del Programa de Doctorado en Bellas Artes previo cumplimiento de los siguientes requisitos:
Cumplieran el criterio específico de acceso del período de formación del Programa de Doctorado en Bellas Artes, que coincide con el establecido en el Máster en Producción y Gestión Artística, esto es, que tenga una formación previa suficiente como Licenciado en Bellas Artes, Grado en Bellas Artes, o licenciatura (o grado) en el campo de las Humanidades de nivel equivalente, siempre que incluyan, al menos, un 50% de créditos en materias de Arte y sean adecuados para cursar las asignaturas de formación especializada del Plan de Estudios del Máster, por las que optara el estudiante. En todo caso, la Comisión de Máster y Doctorado del centro, podrá establecer un recorrido formativo complementario, dentro del plan de estudios del Máster en Producción y Gestión Artística, para aquellos candidatos que no cumplan con la formación artística requerida.
Tuviera formación especializada adquirida con posterioridad a la obtención del título de grado (o licenciatura), en el área de Bellas Artes relacionada con el tema y línea de investigación propuesta para su trabajo de Tesis doctoral
Que sea admitido por parte de la Comisión Académica de Máster y Programa de Doctorado en Bellas Artes el Proyecto y Director de Tesis propuesto.
Cumplidas tales condiciones, la Comisión Académica de Máster y Programa de Doctorado en Bellas Artes se ocupará de realizar la selección y admisión de los alumnos, de acuerdo con los siguientes criterios:
Expediente académico (50%)
Currículum Vitae ajustado al perfil de ingreso propio (40%)
Entrevista que los candidatos, al menos, por parte de tres miembros de la Comisión Académica de Máster y Programa de Doctorado (10%).
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