DFP_
Título ofrecido:Título de Doctor/a
Ubicación:Granada - Granada
Tipo:Doctorados
Modalidad:Presencial
DFP_
El proceso del cambio del modelo productivo hacia una economía sostenible necesita a los doctores como actores principales de la sociedad en la generación, transferencia y adecuación de la I+D+i. Los doctores han de jugar un papel esencial en todas las instituciones implicadas en la innovación y la investigación, de forma que lideren el trasvase desde el conocimiento hasta el bienestar de la sociedad. El componente fundamental de la formación doctoral es el avance del conocimiento científico a través de la «investigación original». Además, se considera que en este tercer ciclo los participantes en programas de doctorado no son sólo estudiantes sino investigadores en formación. La formación de investigadores es, en estos momentos, un elemento clave de una sociedad basada en el conocimiento. El reconocimiento social de las capacidades adquiridas en esta etapa formativa, la necesidad de incrementar sustancialmente el número de personas con competencia en investigación e innovación y el impulso a su influencia y empleo tanto dentro como fuera de los ámbitos académicos es uno de los principales desafíos españoles y europeos. Asimismo, se ha de hacer mención al no menos importante papel que han de desempeñar aquellas otras instituciones que canalizan la investigación a su plasmación en la sociedad, como empresas, hospitales, fundaciones, etc. que han de convertirse en actores y aliados en la formación doctoral y después en la inclusión de los doctores en sus actuaciones cotidianas (Real Decreto 99/2011).
En esta línea, el Programa de Doctorado en Biomedicina de la Universidad de Granada tiene tres objetivos fundamentales: formar investigadores con capacidad de hacer ciencia de calidad, potenciar la investigación de calidad en Biomedicina y transferir el conocimiento a la sociedad para su aprovechamiento. Este programa es de reciente creación (Resolución de 18 de octubre de 2010, BOE 12 de noviembre de 2010), pero ha asimilado antiguos programas de doctorado asociados a los másteres (8 de ellos con Mención de Calidad) en un deseo de integración, colaboración e interacción en la investigación básica aplicada a las Ciencias de la Salud. El programa reúne investigadores, recursos económicos y medios instrumentales suficientes para buscar el avance del conocimiento, el desarrollo y la innovación en Biomedicina mediante la investigación científica de excelencia. Es una apuesta científica de la UGR por la Biomedicina, afrontando el reto de avanzar en la calidad de vida de los ciudadanos, a través de una iniciativa institucional encaminada a convertir la ciudad de Granada en referente internacional de la docencia e investigación sanitaria.
Muchos de los investigadores y grupos de investigación de este programa se ubican en el Centro de Investigación Biomédica de la UGR. Este centro posee los recursos humanos, infraestructuras y financiación cuya finalidad fundamental es la investigación biomédica. El programa integra institutos de investigación como el Instituto de Biopatología y Medicina Regenerativa (IBIMER) , Instituto de Biotecnología e Instituto de Neurociencias, el Banco Andaluz de Células Madre. el Instituto de Parasitología y Biomedicina “López - Neyra” , los Hospitales Universitarios Virgen de las Nieves y San Cecilio, la Facultad de Medicina, así como distintos departamentos y grupos de investigación de la UGR que también desarrollan investigación dentro del Programa de Doctorado de Biomedicina.
Actividades de formación
Los estudios de doctorado garantizarán, como mínimo, la adquisición por el doctorando de las siguientes competencias básicas así como aquellas otras que figuren en el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior:
a) Comprensión sistemática de un campo de estudio y dominio de las habilidades y métodos de investigación relacionados con dicho campo.
b) Capacidad de concebir, diseñar o crear, poner en práctica y adoptar un proceso sustancial de investigación o creación.
c) Capacidad para contribuir a la ampliación de las fronteras del conocimiento a través de una investigación original.
d) Capacidad de realizar un análisis crítico y de evaluación y síntesis de ideas nuevas y complejas.
e) Capacidad de comunicación con la comunidad académica y científica y con la sociedad en general acerca de sus ámbitos de conocimiento en los modos e idiomas de uso habitual en su comunidad científica internacional.
f) Capacidad de fomentar, en contextos académicos y profesionales, el avance científico, tecnológico, social, artístico o cultural dentro de una sociedad basada en el conocimiento.
Asimismo, la obtención del título de Doctor debe proporcionar una alta capacitación profesional en ámbitos diversos, especialmente en aquellos que requieren creatividad e innovación. Los doctores habrán adquirido, al menos, las siguientes capacidades y destrezas personales para:
a) Desenvolverse en contextos en los que hay poca información específica.
b) Encontrar las preguntas claves que hay que responder para resolver un problema complejo.
c) Diseñar, crear, desarrollar y emprender proyectos novedosos e innovadores en su ámbito de conocimiento.
d) Trabajar tanto en equipo como de manera autónoma en un contexto internacional o multidisciplinar.
e) Integrar conocimientos, enfrentarse a la complejidad y formular juicios con información limitada.
f) La crítica y defensa intelectual de soluciones
Másteres de la Universidad de Granada con acceso directo al programa de Biomedicina:
Antropología Física y Forense
Biomedicina Regenerativa
Biotecnología
Investigación y Avances en Inmunología Molecular y Celular
Ingeniería Tisular
Investigación y Avances en Microbiología
Neurociencia y Dolor
Neurociencia Cognitiva y del Comportamiento
Condicionantes Genéticos, Nutricionales y Ambientales del Crecimiento y Desarrollo
Psicología de la Salud de laUniversidad de Granada
Avances en Radiología Diagnóstica y Terapéutica y Medicina Física
Investigación en Actividad Física y Deporte
Investigación odontológica
Genética y Evolución
Cuidados de la Salud para la promoción de la Autonomía de las Personas y la atención a los procesos del Fin de Vida
.Para obtener el título de Doctor o Doctora es necesario haber superado un periodo de formación y un periodo de investigación organizado. Al conjunto organizado de todas las actividades formativas y de investigación conducentes a la obtención del título se denomina Programa de Doctorado.
.Los trámites relacionados con el depósito de la tesis se llevarán a cabo en la Secretaría de la Escuela de Posgrado. Como requisito imprescindible el alumno deberá estar matriculado en el curso académico en el que va a defender su tesis y haber por lo tanto, actualizado la matrícula del plan de trabajo. Los datos de la tesis deben coincidir exactamente con los proporcionados en el plan de trabajo aprobado.
El Consejo Asesor de Doctorado fijará de antemano las fechas en las que se reunirá y en las que revisará las tesis depositadas hasta la fecha. Una vez aprobadas el Secretario del Tribunal de la tesis comunicará a la Escuela de Posgrado la fecha de defensa con al menos quince días de antelación.
A los efectos del cómputo de plazos de las actuaciones relativas al depósito y exposición pública, no se tendrán en cuenta los periodos no lectivos del calendario académico: Navidad, Semana Santa y mes de agosto.
Será obligatoria la comunicación a la comunidad universitaria de la convocatoria de lectura pública de la tesis, a través de correo electrónico.
Cuando la naturaleza del trabajo de tesis doctoral no permita su reproducción, el requisito de la entrega de ejemplares quedará cumplido con el depósito del original en la secretaría de la Escuela de Posgrado.
.Presentación de la Tesis:
Para la presentación formal de la tesis será necesario:
Informe favorable del director de la tesis, autorizando su presentación
Conformidad del Consejo de Departamento o Instituto donde se ha realizado la tesis, una vez examinada la misma y documentos que la avalen, para ser presentada a la Comisión de Doctorado
Propuesta razonada del Consejo de Departamento/Instituto de 7 expertos en la materia que podrán formar parte del Tribunal.
En su caso, documentos que avalen la mención europea en el título de Doctor según lo establecido en el artículo 22 del RD 1393/2007, de 29 de octubre.
Para garantizar la calidad de la tesis doctoral el doctorando aportará una publicación de calidad firmada por él que incluya parte de los resultados de la tesis o, alternativamente, un informe pormenorizado de un experto en la materia. Dicho experto deberá ser ajeno a la Universidad de Granada, a la universidad de procedencia del doctorando o de sus directores y además no podrá formar parte del Tribunal de la Tesis. El Consejo Asesor de Doctorado podrá interpretar cuando el informe o la publicación es válido o no.
Todo esto se acompañará de dos ejemplares de la tesis, uno en papel (firmado por el director/es de la tesis y por el doctorando) y otro en formato electrónico, que quedarán en depósito y en exposición pública durante 15 días naturales. El ejemplar en formato electrónico se remitirá a la biblioteca universitaria que lo incorporará a la web de la universidad para que pueda ser consultado por los doctores; el otro ejemplar quedará depositado en el departamento o instituto correspondientes.
Sobre la experiencia acreditada de los miembros del tribunal de una tesis doctoral
Para justificar la idoneidad de los miembros propuestos para formar parte del tribunal de evaluación de una tesis doctoral, junto con la propuesta de los miembros se remitirá al CAD un informe en el que constará, para cada uno de ellos, una relación de cinco publicaciones en revistas indexadas en el campo objeto de la tesis o méritos de impacto equivalente.
Alegaciones
Durante el periodo de exposición pública, los doctores podrán remitir las observaciones que estimen oportunas sobre el contenido de la tesis a la Escuela de Posgrado. El Consejo Asesor de Doctorado, a la vista de la documentación recibida, procederá a la autorización o no de la defensa de la Tesis Doctoral.
En los supuestos de no autorización, el Consejo Asesor de Doctorado deberá comunicar por escrito al doctorando, al director de la tesis y al órgano responsable del programa de posgrado las razones de su decisión.
. Defensa y Lectura pública:
La defensa de la tesis tendrá lugar en sesión pública y consistirá en la exposición por el doctorando de la labor realizada, la metodología, el contenido y las conclusiones, con especial mención a sus aportaciones originales.
El acto de defensa de la tesis será convocado por el presidente y comunicado por el secretario a la Escuela de Posgrado con una antelación mínima de 15 días naturales a su celebración.
Se hará durante el periodo lectivo.
Los miembros del tribunal formularán al doctorando cuantas cuestiones estimen oportunas. Los doctores presentes en el acto público podrán formular cuestiones en el momento y forma que señale el presidente.
Finalizada la defensa y discusión de la tesis, cada miembro del tribunal formulará por escrito una valoración sobre ella.
El tribunal emitirá la calificación global que finalmente concede a la tesis de acuerdo a la siguiente escala: "no apto", "aprobado", "notable" y "sobresaliente". El tribunal podrá otorgar la mención de "cum laude" si la calificación global es de sobresaliente y se emite en tal sentido el voto por unanimidad.
El acta de Grado de Doctor será firmada por todos los miembros del tribunal y por el doctorando. En ella se hará constar la calificación obtenida y si la misma es otorgada por "mayoría" o por "unanimidad".
Una vez aprobada la tesis doctoral, la universidad se ocupará de su archivo y remitirá un ejemplar de la misma así como la información necesaria al Ministerio de Educación y Ciencia a los efectos oportunos.
.Expedición de Títulos de Doctor
Los títulos oficiales de Doctor se obtienen tras la superación de las correspondientes enseñanzas que tienen como finalidad la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con la investigación científica de calidad y finalizarán con la elaboración y defensa de una tesis doctoral que incorpore resultados originales de investigación.
La denominación del título de Doctor será: Doctor o Doctora por la Universidad de Granada e incluirá información que especifique el campo de conocimiento sobre el que se ha elaborado la tesis doctoral. Los títulos oficiales de Doctor se expedirán con la denominación que, en cada caso, figure en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Dicha denominación quedará reservada en exclusiva para cada uno de ellos.
La expedición material de estos títulos contemplará referencia expresa a su condición de enseñanzas de doctorado y alusión a su carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Podrá incluir, en su caso, la mención cum laude, de conformidad con lo establecido para la defensa y evaluación de la tesis doctoral en su normativa específica.
Asimismo, en el anverso del título de Doctor o Doctora podrá figurar la mención Doctor europeo, siempre que concurran las circunstancias establecidas al efecto en su normativa reguladora.
.Expedición de Títulos Conjuntos de Doctor obtenidos tras la superación de un programa conjunto entre universidades españolas.
La expedición de títulos conjuntos de Doctor obtenidos tras la superación de un programa de doctorado conjunto entre dos o más universidades españolas, de conformidad con lo previsto en el artículo 3.4 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, se regirá por lo establecido en el Convenio que a esos efectos hayan suscrito las respectivas universidades.
La denominación del título de Doctor será: Doctor o Doctora por las Universidades UU, siendo UU la denominación de las Universidades participantes en el programa conjunto, e incluirá información que especifique el campo de conocimiento sobre el que se ha elaborado la tesis doctoral. Los títulos conjuntos de Doctor se expedirán con la denominación que, en cada caso, figure en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Dicha denominación quedará reservada en exclusiva para cada uno de ellos.
El título será expedido conjuntamente por los rectores de las universidades participantes y su expedición se materializará en un único documento en el que consten los emblemas y atributos de aquellas, y las firmas impresas de los Rectores de todas las universidades participantes.
.Expedición de Títulos Conjuntos de Doctor obtenidos tras la superación de un programa conjunto entre universidades españolas y extranjeras.
1)La expedición de los títulos conjuntos de Doctor obtenidos tras la superación de un programa de doctorado conjunto entre dos o más universidades españolas y extranjeras, de conformidad con lo previsto en el artículo 3.4 del Real Decreto 1393/2007 se regirá por lo establecido en el Convenio que a esos efectos hayan suscrito las respectivas universidades que, en todo caso, deberá cumplir los requisitos que se establecen en los siguientes apartados.
2)La denominación de estos títulos será: Doctor o Doctora por las Universidades UU, siendo UU la denominación de las Universidades españolas y extranjeras participantes en el programa conjunto, e incluirá información que especifique el campo de conocimiento sobre la el que se ha elaborado la tesis doctoral. Los títulos conjuntos de Doctor se expedirán con la denominación que, en cada caso, figure en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Dicha denominación quedará reservada en exclusiva para cada uno de ellos.
3)El Convenio a que se refiere el apartado 1 anterior deberá especificar cuál será la universidad responsable de la expedición material y registro del título.
.Solicitud del Título Doctor:
Una vez defendida y aprobada la tesis y terminados los trámites del Secretario en la Escuela de Posgrado (dar fe en el libro de actas de grado), el doctorando deberá solicitar la expedición del título de Doctor.
Para ello deberá personarse en el Servicio de Tercer Ciclo de la Escuela y hacer el pago de los derechos para la expedición del título, una vez hecho el abono se le entregará resguardo de solicitud del título.
En esta línea, el Programa de Doctorado en Biomedicina de la Universidad de Granada tiene tres objetivos fundamentales: formar investigadores con capacidad de hacer ciencia de calidad, potenciar la investigación de calidad en Biomedicina y transferir el conocimiento a la sociedad para su aprovechamiento. Este programa es de reciente creación (Resolución de 18 de octubre de 2010, BOE 12 de noviembre de 2010), pero ha asimilado antiguos programas de doctorado asociados a los másteres (8 de ellos con Mención de Calidad) en un deseo de integración, colaboración e interacción en la investigación básica aplicada a las Ciencias de la Salud. El programa reúne investigadores, recursos económicos y medios instrumentales suficientes para buscar el avance del conocimiento, el desarrollo y la innovación en Biomedicina mediante la investigación científica de excelencia. Es una apuesta científica de la UGR por la Biomedicina, afrontando el reto de avanzar en la calidad de vida de los ciudadanos, a través de una iniciativa institucional encaminada a convertir la ciudad de Granada en referente internacional de la docencia e investigación sanitaria.
Muchos de los investigadores y grupos de investigación de este programa se ubican en el Centro de Investigación Biomédica de la UGR. Este centro posee los recursos humanos, infraestructuras y financiación cuya finalidad fundamental es la investigación biomédica. El programa integra institutos de investigación como el Instituto de Biopatología y Medicina Regenerativa (IBIMER) , Instituto de Biotecnología e Instituto de Neurociencias, el Banco Andaluz de Células Madre. el Instituto de Parasitología y Biomedicina “López - Neyra” , los Hospitales Universitarios Virgen de las Nieves y San Cecilio, la Facultad de Medicina, así como distintos departamentos y grupos de investigación de la UGR que también desarrollan investigación dentro del Programa de Doctorado de Biomedicina.
Actividades de formación
Los estudios de doctorado garantizarán, como mínimo, la adquisición por el doctorando de las siguientes competencias básicas así como aquellas otras que figuren en el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior:
a) Comprensión sistemática de un campo de estudio y dominio de las habilidades y métodos de investigación relacionados con dicho campo.
b) Capacidad de concebir, diseñar o crear, poner en práctica y adoptar un proceso sustancial de investigación o creación.
c) Capacidad para contribuir a la ampliación de las fronteras del conocimiento a través de una investigación original.
d) Capacidad de realizar un análisis crítico y de evaluación y síntesis de ideas nuevas y complejas.
e) Capacidad de comunicación con la comunidad académica y científica y con la sociedad en general acerca de sus ámbitos de conocimiento en los modos e idiomas de uso habitual en su comunidad científica internacional.
f) Capacidad de fomentar, en contextos académicos y profesionales, el avance científico, tecnológico, social, artístico o cultural dentro de una sociedad basada en el conocimiento.
Asimismo, la obtención del título de Doctor debe proporcionar una alta capacitación profesional en ámbitos diversos, especialmente en aquellos que requieren creatividad e innovación. Los doctores habrán adquirido, al menos, las siguientes capacidades y destrezas personales para:
a) Desenvolverse en contextos en los que hay poca información específica.
b) Encontrar las preguntas claves que hay que responder para resolver un problema complejo.
c) Diseñar, crear, desarrollar y emprender proyectos novedosos e innovadores en su ámbito de conocimiento.
d) Trabajar tanto en equipo como de manera autónoma en un contexto internacional o multidisciplinar.
e) Integrar conocimientos, enfrentarse a la complejidad y formular juicios con información limitada.
f) La crítica y defensa intelectual de soluciones
Másteres de la Universidad de Granada con acceso directo al programa de Biomedicina:
Antropología Física y Forense
Biomedicina Regenerativa
Biotecnología
Investigación y Avances en Inmunología Molecular y Celular
Ingeniería Tisular
Investigación y Avances en Microbiología
Neurociencia y Dolor
Neurociencia Cognitiva y del Comportamiento
Condicionantes Genéticos, Nutricionales y Ambientales del Crecimiento y Desarrollo
Psicología de la Salud de laUniversidad de Granada
Avances en Radiología Diagnóstica y Terapéutica y Medicina Física
Investigación en Actividad Física y Deporte
Investigación odontológica
Genética y Evolución
Cuidados de la Salud para la promoción de la Autonomía de las Personas y la atención a los procesos del Fin de Vida
.Para obtener el título de Doctor o Doctora es necesario haber superado un periodo de formación y un periodo de investigación organizado. Al conjunto organizado de todas las actividades formativas y de investigación conducentes a la obtención del título se denomina Programa de Doctorado.
.Los trámites relacionados con el depósito de la tesis se llevarán a cabo en la Secretaría de la Escuela de Posgrado. Como requisito imprescindible el alumno deberá estar matriculado en el curso académico en el que va a defender su tesis y haber por lo tanto, actualizado la matrícula del plan de trabajo. Los datos de la tesis deben coincidir exactamente con los proporcionados en el plan de trabajo aprobado.
El Consejo Asesor de Doctorado fijará de antemano las fechas en las que se reunirá y en las que revisará las tesis depositadas hasta la fecha. Una vez aprobadas el Secretario del Tribunal de la tesis comunicará a la Escuela de Posgrado la fecha de defensa con al menos quince días de antelación.
A los efectos del cómputo de plazos de las actuaciones relativas al depósito y exposición pública, no se tendrán en cuenta los periodos no lectivos del calendario académico: Navidad, Semana Santa y mes de agosto.
Será obligatoria la comunicación a la comunidad universitaria de la convocatoria de lectura pública de la tesis, a través de correo electrónico.
Cuando la naturaleza del trabajo de tesis doctoral no permita su reproducción, el requisito de la entrega de ejemplares quedará cumplido con el depósito del original en la secretaría de la Escuela de Posgrado.
.Presentación de la Tesis:
Para la presentación formal de la tesis será necesario:
Informe favorable del director de la tesis, autorizando su presentación
Conformidad del Consejo de Departamento o Instituto donde se ha realizado la tesis, una vez examinada la misma y documentos que la avalen, para ser presentada a la Comisión de Doctorado
Propuesta razonada del Consejo de Departamento/Instituto de 7 expertos en la materia que podrán formar parte del Tribunal.
En su caso, documentos que avalen la mención europea en el título de Doctor según lo establecido en el artículo 22 del RD 1393/2007, de 29 de octubre.
Para garantizar la calidad de la tesis doctoral el doctorando aportará una publicación de calidad firmada por él que incluya parte de los resultados de la tesis o, alternativamente, un informe pormenorizado de un experto en la materia. Dicho experto deberá ser ajeno a la Universidad de Granada, a la universidad de procedencia del doctorando o de sus directores y además no podrá formar parte del Tribunal de la Tesis. El Consejo Asesor de Doctorado podrá interpretar cuando el informe o la publicación es válido o no.
Todo esto se acompañará de dos ejemplares de la tesis, uno en papel (firmado por el director/es de la tesis y por el doctorando) y otro en formato electrónico, que quedarán en depósito y en exposición pública durante 15 días naturales. El ejemplar en formato electrónico se remitirá a la biblioteca universitaria que lo incorporará a la web de la universidad para que pueda ser consultado por los doctores; el otro ejemplar quedará depositado en el departamento o instituto correspondientes.
Sobre la experiencia acreditada de los miembros del tribunal de una tesis doctoral
Para justificar la idoneidad de los miembros propuestos para formar parte del tribunal de evaluación de una tesis doctoral, junto con la propuesta de los miembros se remitirá al CAD un informe en el que constará, para cada uno de ellos, una relación de cinco publicaciones en revistas indexadas en el campo objeto de la tesis o méritos de impacto equivalente.
Alegaciones
Durante el periodo de exposición pública, los doctores podrán remitir las observaciones que estimen oportunas sobre el contenido de la tesis a la Escuela de Posgrado. El Consejo Asesor de Doctorado, a la vista de la documentación recibida, procederá a la autorización o no de la defensa de la Tesis Doctoral.
En los supuestos de no autorización, el Consejo Asesor de Doctorado deberá comunicar por escrito al doctorando, al director de la tesis y al órgano responsable del programa de posgrado las razones de su decisión.
. Defensa y Lectura pública:
La defensa de la tesis tendrá lugar en sesión pública y consistirá en la exposición por el doctorando de la labor realizada, la metodología, el contenido y las conclusiones, con especial mención a sus aportaciones originales.
El acto de defensa de la tesis será convocado por el presidente y comunicado por el secretario a la Escuela de Posgrado con una antelación mínima de 15 días naturales a su celebración.
Se hará durante el periodo lectivo.
Los miembros del tribunal formularán al doctorando cuantas cuestiones estimen oportunas. Los doctores presentes en el acto público podrán formular cuestiones en el momento y forma que señale el presidente.
Finalizada la defensa y discusión de la tesis, cada miembro del tribunal formulará por escrito una valoración sobre ella.
El tribunal emitirá la calificación global que finalmente concede a la tesis de acuerdo a la siguiente escala: "no apto", "aprobado", "notable" y "sobresaliente". El tribunal podrá otorgar la mención de "cum laude" si la calificación global es de sobresaliente y se emite en tal sentido el voto por unanimidad.
El acta de Grado de Doctor será firmada por todos los miembros del tribunal y por el doctorando. En ella se hará constar la calificación obtenida y si la misma es otorgada por "mayoría" o por "unanimidad".
Una vez aprobada la tesis doctoral, la universidad se ocupará de su archivo y remitirá un ejemplar de la misma así como la información necesaria al Ministerio de Educación y Ciencia a los efectos oportunos.
.Expedición de Títulos de Doctor
Los títulos oficiales de Doctor se obtienen tras la superación de las correspondientes enseñanzas que tienen como finalidad la adquisición de las competencias y habilidades relacionadas con la investigación científica de calidad y finalizarán con la elaboración y defensa de una tesis doctoral que incorpore resultados originales de investigación.
La denominación del título de Doctor será: Doctor o Doctora por la Universidad de Granada e incluirá información que especifique el campo de conocimiento sobre el que se ha elaborado la tesis doctoral. Los títulos oficiales de Doctor se expedirán con la denominación que, en cada caso, figure en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Dicha denominación quedará reservada en exclusiva para cada uno de ellos.
La expedición material de estos títulos contemplará referencia expresa a su condición de enseñanzas de doctorado y alusión a su carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Podrá incluir, en su caso, la mención cum laude, de conformidad con lo establecido para la defensa y evaluación de la tesis doctoral en su normativa específica.
Asimismo, en el anverso del título de Doctor o Doctora podrá figurar la mención Doctor europeo, siempre que concurran las circunstancias establecidas al efecto en su normativa reguladora.
.Expedición de Títulos Conjuntos de Doctor obtenidos tras la superación de un programa conjunto entre universidades españolas.
La expedición de títulos conjuntos de Doctor obtenidos tras la superación de un programa de doctorado conjunto entre dos o más universidades españolas, de conformidad con lo previsto en el artículo 3.4 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, se regirá por lo establecido en el Convenio que a esos efectos hayan suscrito las respectivas universidades.
La denominación del título de Doctor será: Doctor o Doctora por las Universidades UU, siendo UU la denominación de las Universidades participantes en el programa conjunto, e incluirá información que especifique el campo de conocimiento sobre el que se ha elaborado la tesis doctoral. Los títulos conjuntos de Doctor se expedirán con la denominación que, en cada caso, figure en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Dicha denominación quedará reservada en exclusiva para cada uno de ellos.
El título será expedido conjuntamente por los rectores de las universidades participantes y su expedición se materializará en un único documento en el que consten los emblemas y atributos de aquellas, y las firmas impresas de los Rectores de todas las universidades participantes.
.Expedición de Títulos Conjuntos de Doctor obtenidos tras la superación de un programa conjunto entre universidades españolas y extranjeras.
1)La expedición de los títulos conjuntos de Doctor obtenidos tras la superación de un programa de doctorado conjunto entre dos o más universidades españolas y extranjeras, de conformidad con lo previsto en el artículo 3.4 del Real Decreto 1393/2007 se regirá por lo establecido en el Convenio que a esos efectos hayan suscrito las respectivas universidades que, en todo caso, deberá cumplir los requisitos que se establecen en los siguientes apartados.
2)La denominación de estos títulos será: Doctor o Doctora por las Universidades UU, siendo UU la denominación de las Universidades españolas y extranjeras participantes en el programa conjunto, e incluirá información que especifique el campo de conocimiento sobre la el que se ha elaborado la tesis doctoral. Los títulos conjuntos de Doctor se expedirán con la denominación que, en cada caso, figure en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Dicha denominación quedará reservada en exclusiva para cada uno de ellos.
3)El Convenio a que se refiere el apartado 1 anterior deberá especificar cuál será la universidad responsable de la expedición material y registro del título.
.Solicitud del Título Doctor:
Una vez defendida y aprobada la tesis y terminados los trámites del Secretario en la Escuela de Posgrado (dar fe en el libro de actas de grado), el doctorando deberá solicitar la expedición del título de Doctor.
Para ello deberá personarse en el Servicio de Tercer Ciclo de la Escuela y hacer el pago de los derechos para la expedición del título, una vez hecho el abono se le entregará resguardo de solicitud del título.
Periodo de investigación
Antropología física
Antropología forense
Desarrollo del sistema inmune
Diseño y síntesis de fármacos innovadores
Embriología humana y experimental
Farmacología básica
Farmacología de productos naturales
Fisiopatología de las enfermedades neurodegenerativas
Ingeniería tisular
Inmunología molecular y celular e inmunogenética
Inmunología regional y patologías del sistema inmunitario
Inmunoterapias: terapia génica, utilización de células madre y radiobiología
Metabolismo y nutrición
Microbiología
Neurobiología celular
Neurociencias y neuropsicología
Neurofisiología visual
Nutrición y dietética
Nutrigenómica y nutrigenética
Oncología básica y clínica
Radiología y medicina física
Tecnología bioquímica
Toxicología
Antropología física
Antropología forense
Desarrollo del sistema inmune
Diseño y síntesis de fármacos innovadores
Embriología humana y experimental
Farmacología básica
Farmacología de productos naturales
Fisiopatología de las enfermedades neurodegenerativas
Ingeniería tisular
Inmunología molecular y celular e inmunogenética
Inmunología regional y patologías del sistema inmunitario
Inmunoterapias: terapia génica, utilización de células madre y radiobiología
Metabolismo y nutrición
Microbiología
Neurobiología celular
Neurociencias y neuropsicología
Neurofisiología visual
Nutrición y dietética
Nutrigenómica y nutrigenética
Oncología básica y clínica
Radiología y medicina física
Tecnología bioquímica
Toxicología
Para acceder al Programa de Doctorado en su periodo de formación (Programas de Doctorado cuyo periodo formativo lo componen 60 créditos ECTS), será necesario cumplir las mismas condiciones que para el acceso a las enseñanzas oficiales de Máster:
Estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculten en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster.
Así mismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de master. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.
Para acceder al Programa de Doctorado en su periodo de investigación será necesario estar en posesión de un título oficial de Máster Universitario, haber superado un periodo formativo de 60 créditos ECTS u otro del mismo nivel expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior. Además, podrán acceder los que estén en posesión de título obtenido conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, sin necesidad de su homologación, pero previa comprobación de que el título acredita un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos españoles de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de Doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar enseñanzas de Doctorado.
Asimismo, se podrá acceder habiendo cumplido alguna de las siguientes condiciones:
Haber superado 60 créditos incluidos en uno o varios Másteres Universitarios, de acuerdo con la oferta de la Universidad. De manera excepcional, podrán acceder al periodo de investigación aquellos estudiantes que acrediten 60 créditos de nivel de postgrado que hayan sido configurados, de acuerdo con la normativa que establezca la Universidad, por actividades formativas no incluidas en Másteres Universitarios. Este supuesto podrá darse por criterios de interés estratégico para la Universidad o por motivos científicos que aconsejen la formación de doctores en un ámbito determinado.
Estar en posesión de un título de Graduado o Graduada cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario sea de, al menos, 300 créditos.
Estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculten en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster.
Así mismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de master. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.
Para acceder al Programa de Doctorado en su periodo de investigación será necesario estar en posesión de un título oficial de Máster Universitario, haber superado un periodo formativo de 60 créditos ECTS u otro del mismo nivel expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior. Además, podrán acceder los que estén en posesión de título obtenido conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, sin necesidad de su homologación, pero previa comprobación de que el título acredita un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos españoles de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de Doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar enseñanzas de Doctorado.
Asimismo, se podrá acceder habiendo cumplido alguna de las siguientes condiciones:
Haber superado 60 créditos incluidos en uno o varios Másteres Universitarios, de acuerdo con la oferta de la Universidad. De manera excepcional, podrán acceder al periodo de investigación aquellos estudiantes que acrediten 60 créditos de nivel de postgrado que hayan sido configurados, de acuerdo con la normativa que establezca la Universidad, por actividades formativas no incluidas en Másteres Universitarios. Este supuesto podrá darse por criterios de interés estratégico para la Universidad o por motivos científicos que aconsejen la formación de doctores en un ámbito determinado.
Estar en posesión de un título de Graduado o Graduada cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario sea de, al menos, 300 créditos.
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